Lunes 20 de octubre de 2014
El Ministerio de Fomentó dará a conocer a finales de mayo el borrador del Real Decreto que regulará el uso de las aeronaves no tripuladas, o 'drones', según ha informado este lunes la secretaria general de Transporte, Carmen Libero.
En concreto, el Real Decreto regulará su uso a nivel comercial y profesional, "en determinadas condiciones con limitaciones".
Los 'drones' son consideradas como aeronaves por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), y por tanto están sujetos a la legislación aeronáutica general vigente en España y en Europa, que no hace posible el vuelo de los 'drones' en todos los casos.
Así, aunque su uso seguirá prohibido sobre núcleos urbanos o sobre grupos de población (playas, conciertos, manifestaciones, procesiones), se podrá conceder autorizaciones puntuales para que estos usos puedan ser llevados a cabo.
"Actualmente la reglamentación española prohíbe expresamente el sobrevuelo de cualquier aeronave, tripulada o no, sobre núcleos urbanos, con excepción de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y el Ministerio de Defensa. Con la nueva ley habrá autorizaciones puntuales si se cumplen los requisitos de seguridad necesarios", explicó Librero.
La secretaria general de Transportes, que aseguró que los pilotos también deberán contar con una formación específica para el uso de estos 'drones', afirmó que el objetivo de la nueva ley es establecer los requisitos para que su uso sea seguro en todo lo que implica tanto al vehículo como al piloto como a la comunicación entre ambos, "teniendo en cuenta la potencialidad enorme que tendrá el sector dentro de España".
LA SEGURIDAD ES PRIMORDIAL.
En líneas generales el nuevo reglamento que prepara Fomento definirá las categorías de los 'drones', los clasificará en función de su peso, determinará los requisitos de seguridad, los sistemas de visualización y los procedimientos operativos a llevar a cabo en el espacio aéreo.
Para el Ministerio de Fomento "la seguridad es primordial" y por ello se trabaja "mano a mano" con la industria para conseguir una regulación que permita el desarrollo pero manteniendo los requisitos de seguridad.
Hasta el momento, tres empresas han solicitado autorizaciones para realizar un uso comercial o profesional de estos aparatos y se encuentran realizando vuelos demostrativos para obtener la autorización.
Desde el Ministerio de Fomento se insta a los compradores de este tipo de aparatos a que se informen bien de lo que están comprando y a que cumplan la legislación bien para uso lúdico o para uso comercial informándose en los organismos necesarios de los requisitos obligados para su uso.
CON CONDICIONES Y REGULADOS.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, aclaraba hace un mes en un comunicado que no está permitido el uso de 'drones' para aplicaciones civiles con fines comerciales o profesionales, es decir para realizar actividades consideradas trabajos aéreos, como la fotogrametría, agricultura inteligente, reportajes gráficos de todo tipo, inspección de líneas de alta tensión, ferroviarias, vigilancia de fronteras o detección de incendios forestales.
Pero ahora con el nuevo Real Decreto esos usos podrán estar permitidos eso sí sujetos a la normativa y a la legislación. Así se diferenciarán entre los aeromodelos, que son exclusivamente para un fin deportivo o de recreo y los 'drones', que son aeronaves y como tales, están sujetas a la legislación aeronáutica general vigente en España, así como al resto de la normativa aeronáutica.
Cuando el fin es deportivo, no es comercial ni profesional, los modelos de aeronaves también tienen que estar federados en la Real Federación Española de Aeromodelismo.
Las sanciones actuales de la Ley de Seguridad Aérea por el incumplimiento de la regulación del uso de aeronaves no tripuladas se encuentran entre los 4.500 y los 70.000 euros. Actualmente el Ministerio de Fomento y la Agencia de Seguridad tienen un plan de Inspección que realiza más de 17.000 inspecciones en todos los ámbitos.
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